Colombia

Estas son las personas que podrán vincularse a la Fuerza Pública gratis

El Estado pagará el 100 % del valor en la matrícula

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Muchos jóvenes en Colombia sueñan con servir al país y una manera de hacerlo es ingresando a la Fuerza Pública como el Ejército, Armada, Fuerza Aeroespacial o Policía Nacional; sin embargo, hacer una carrera de oficial o suboficial resulta costoso para algunos.

La buena noticia es que, luego de la firma del Decreto 1907 de 2023, quienes cumplan con los requisitos, pueden acceder “a la educación superior en los programas de escuelas de formación de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional” de manera gratuita, ya que el Estado pagará el 100 % del valor en la matrícula, de acuerdo con el portal de Presidencia de la República.

“El programa solo cubrirá los costos de formación en pregrado de las escuelas de formación profesional, técnica profesional y tecnológica por el tiempo que dure el programa académico”. En caso de que el estudiante pierda el ciclo o le toque repetir, el Gobierno no financiará periodos adicionales.

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Foto: Ejército Nacional

¿Quiénes pueden estudiar gratis y vincularse a la Fuerza Pública?

Los beneficiarios de la política de gratuidad serán los jóvenes que a la fecha de postulación se encuentren catalogados como vulnerable socioeconómicamente en el Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales (SISBÉN), mediante encuesta. También deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser de origen colombiano
  • Estar matriculado en un programa académico dado en las escuelas de formación de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional.
  • No tener un título profesional (pregrado) ni de posgrado en alguna institución educativa nacional o extranjera.

¿En qué casos se pierde el beneficio?

Lee también:
  • En el momento que se evidencie que el inscrito accedió al programa con información equívoca o con documentación alterada.
  • Por voluntad del beneficiario o de sus padres si es menor de edad.
  • En caso de que el beneficiario pierda su calidad de estudiante.
  • Cuando el alumno supere el número de los periodos académicos establecidos en el programa.
  • Por pérdida de la condición de vulnerabilidad en la clasificación del Sisbén.
  • No contar con las aptitudes psicofísicas definidas en la normatividad de las escuelas de formación.
María Vargas Jimenez
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