Tumban modificación al artículo de Ley de Garantías que permitía realizar contratos en época electoral
La Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó, en la tarde de este jueves 5 de mayo, la modificación que se le hizo a la Ley de Garantías, en el artículo 124 de la Ley 2159 de 2021 o Ley de Presupuesto, que permitía a la Nación realizar convenios por más de 817 mil millones de pesos en alcaldías y gobernaciones durante los cuatro meses anteriores a la elección presidencial del próximo 29 de mayo.
Recordemos que esta fue una excepción que hizo el presidente Iván Duque en medio de la pandemia; sin embargo la demandaron, por lo que su estudio entró a evaluación por parte de la Corte Constitucional.
La ponencia que se aprobó hoy con 8 votos a favor, y uno en contra, el del magistrado Antonio José Lizarazo, tiene efectos retroactivos, pues ordena que todos los convenios interadministrativos suscritos a la fecha que estén en etapa de ejecución “deberán terminarse y liquidarse inmediatamente”.
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La Corte tumbó la modificación a la Ley de Garantías por vicios de trámite; debido a que se hizo en una Ley Ordinaria, no con el trámite de una Ley Estatutaria.
Con esta decisión se caen todos los contratos que los alcaldes y gobernadores firmaron bajo esta excepción; y deben devolver el dinero que se desembolsó entre entidades estatales, en cambio si se hacía con efectos inmediatos se hubieran mantenido los contratos pasados.
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