Colombia

Suspenden medida que le permitía a Petro asumir regulación de servicios públicos

Fue el consejo de Estado quien suspendió el decreto como medida cautelar.

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Este jueves se conoció que el Consejo de Estado decretó medidas cautelares para suspender de manera provisional el decreto del Gobierno Nacional con el que Gustavo Petro buscaba asumir las funciones regulatorias de los servicios públicos.

Esto ocurre luego de que al alto tribunal llegara una demanda en contra del presidente de la República, los ministerios de Minas, Hacienda, Vivienda y del Departamento Nacional de Planeación, tras la expedición del Decreto 227 de 16 de febrero de 2023, por el cual se reasumen algunas de las funciones Presidenciales de carácter regulatorio en materia de servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones, presentada por los ciudadanos Julián David Solorza Martínez y Lucas Arboleda Henao.

Los accionantes alegan que el presidente Petro expidió irregularmente el decreto, en la medida en que no le estaba dado al primer mandatario de la Nación asumir funciones asignadas por la Constitución Política al poder legislativo.

Indicaron, además, que el decreto también se expidió sin competencia, por cuanto el régimen tarifario de los servicios públicos domiciliarios está sometido a reserva legal y que, adicionalmente, se expidió con infracción de las normas superiores en que debía fundarse, porque se desconocieron los artículos constitucionales que asignan expresamente al legislador la competencia de regulación del régimen tarifario de los servicios públicos.

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Para tomar la decisión, el Consejo de Estado se acogió a dos de estos argumentos de los demandantes para decretar la suspensión del decreto. El primero es que el alto tribunal indicó que se expidió irregularmente porque el deber de dar a conocer a los asociados, cuando menos con quince (15) días calendario de anticipación, el proyecto de regulación que sirvió de sustento al acto administrativo acusado, vulnerando así el derecho a que los ciudadanos o grupos de interés tuvieran la posibilidad de presentar sus opiniones, sugerencias o propuestas respecto del mismo.

Agregó que el Gobierno tampoco justificó adecuadamente el motivo por el cual redujeron al lapso de dos días la publicidad del proyecto de regulación que precedió a la expedición del decreto con que el que Petro asume la función de los servicios públicos.

El segundo argumento con el se acogió el Consejo de Estado fue precisamente que el decreto fue expedido «de manera irregular, sin competencia, con falsa motivación y con infracción de las normas superiores en que debía fundarse, teniendo en cuenta que a través del decreto 227 el Presidente de la República reasumió todas las competencias generales asignadas por la ley a las comisiones de regulación, sin distinguir que, dentro de estas, se encuentran algunas que fueron asignadas expresamente por el legislador a estas agencias estatales».

Fuente: Asuntos Legales

Sara Gonzalez
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