“Si un empleador despide a su trabajador por razones políticas, podría ser sancionado” MinTrabajo
Teniendo en cuenta que ya se aceran las elecciones presidenciales, MinTrabajo hizo un llamado a los empleadores para que no dificulten el derecho al voto de los trabajadores.
El Ministerio de Trabajo recordó que el código sustantivo del trabajo en su artículo 59 numeral 5 sobre las prohibiciones de los empleadores destaca lo siguiente: “Imponer a los trabajadores obligaciones de carácter religioso o político, o dificultarles o impedirles el ejercicio del derecho del sufragio”.
“Si un empleador despide a su trabajador por alguna de las razones anteriormente expuestas, podría ser sancionado de manera pecuniaria con multas que van desde 1 hasta 5 mil salarios mínimos legales mensuales vigentes.”
Por su parte, el viceministro de empleo y pensiones, Andrés Felipe Uribe, afirmó que se estaría incurriendo en un despido sin justa causa; “y el trabajador afectado deberá recibir su indemnización y podría si es su deseo acudir a las instancias penales dependiendo del caso”.
También aseguró que MinTrabajo tiene a disposición de los trabajadores y empleadores 36 oficinas a nivel nacional; en las cuales se atienden las querellas o quejas de la ciudadanía frente a situaciones de carácter laboral.
Las personas que no puedan acercarse de manera presencial pueden utilizar los canales virtuales que se encuentran en la página del Ministerio del Trabajo.
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