Política

Se prohíbe los vehículos de tracción animal en Colombia

el período de transición para la sustitución de estos vehículos será de cinco años

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En último debate, el Senado aprobó la Ley que prohíbe el uso de vehículos de tracción animal en Colombia; teniendo en cuenta que la sustitución de estos sería gradual.

De acuerdo a la Ley, la transición tiene un plazo de cinco años; a partir de ese momento, en ninguna ciudad del país se permitirá el uso de carretas, carruajes, zorras o cualquier elemento que sea halado por caballos, mulas u otro tipo de animales.

El proyecto busca reducir progresivamente esta costumbre; pero además, busca ayudar a que las personas cuyo sustento depende de este tipo de vehículos, a que los sustituyan por automotores, o de otro tipo. Para esto, las alcaldías y gobernaciones deberán hacer un censo con el que se determinará la cantidad de personas que dependen de estos vehículos. De hecho, algunas ciudades ya han prohibido estos vehículos y algunas ya han hecho estos censos.

Este proyecto de Ley fue ponencia de la senadora Ana María Castañeda, quien aseguró que este contempla el proceso de sustitución de los vehículos; se entregarán otro tipo de carruajes o unidades productivas para las personas que se identifiquen en el censo. Estas personas quedarán amparadas, para que no se vea afectado la consecución de su sustento.

La senadora también explicó: «hay un plan de acción que tienen que llevar a cabo las alcaldías municipales y distritales, que tendrán que formular un protocolo que contemple todas las etapas del proceso”.

Sin embargo la ley contempla algunas excepciones; por ejemplo, no se prohíbe el uso de vehículos de tracción animal en actividades agrícolas, pecuarias y deportivas. Asimismo, se permitirán para actividades turísticas, es decir, que los cocheros de Cartagena seguirán funcionando; este era un tema álgido en esta ley.

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Lina Muñóz Rojas
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