Colombia

Reforma laboral: este será el texto que se debatirá en el Congreso

Dentro de los temas más polémicos del proyecto es el cambio en el pago de los dominicales

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La reforma laboral del Gobierno de Gustavo Petro que será radicada y debatida en el Congreso de la República este martes, mantiene elementos claves de interés para todos los colombianos, como por ejemplo los horarios de la jornada laboral, cambios en temas de contratos, jornadas dominicales y la regulación de plataformas.

Antes de llevar a debate, se conoció el texto que será presentado y el cual consta de 245 páginas con el que se busca mejorar las condiciones de los trabajadores y no plantea la generación de empleo. En el mismo se detalla que para la Cámara de Representantes la coordinadora de ponentes será la representante María Fernanda Carrascal.

¿Quiénes serán los ponentes?

Además, que los ponentes en esta serán los representantes Germán Gómez López, Víctor Salcedo Guerrero, Héctor Chaparro Chaparro, Alexander Quevedo Herrera, Juan Londoño Barrera, Karen López Salazar, Betsy Pérez Arango y Andrés Forero Molina.

Es preciso recordar que el borrador de  la reforma cuenta con 79 artículos, de los cuales hay tres nuevos y 76 originales.

Dentro de los temas más polémicos del proyecto es el cambio en el pago de los dominicales, que pasarían del 75% al 100%. Si bien la ponencia mantiene este punto, se estableció que sería de forma transitoria, e iría incrementando entre 2024 y 2026.

Mayor cambio de la reforma

Posiblemente el mayor cambio vendría en el artículo 24 de la ponencia, que incluye un contrato especial para los trabajadores de plataformas de reparto o de entrega, sin embargo, la decisión final se conocerá en debate.

“Hay contrato de trabajo en plataformas digitales tecnológicas de reparto cuando los trabajadores y trabajadoras laboran para éstas en la realización de tareas de reparto o entrega, en consecuencia son sujetos de todas las garantías individuales y colectivas, derechos y prestaciones del Código Sustantivo del Trabajo y demás normas laborales”, indica el texto.

No obstante, hubo cambios significativos como por ejemplo en relación con los límites de los contratos de prestación de servicios, se eliminó la palabra permanente para referirse a las actividades a las que no se le podrá aplicar este tipo de contrato.

De este modo, el artículo 16 de la ponencia indica que “no podrán celebrarse contratos de prestación de servicios ni cualquier tipo de contrato civil o mercantil con personas naturales para realizar actividades subordinadas en empresas privadas”.

Es preciso mencionar que la reforma laboral es otra de las iniciativas que el Gobierno encabezado por Gustavo Petro, se espera su aprobación en la tarde de este 16 de mayo en el Congreso de la República.

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Angélica Díaz Torres

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