Economía

En esta fecha inician los pagos de $225.000 a adultos mayores

Los beneficiarios mayores de 80 años de Colombia Mayor recibirán subsidio

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El pasado 1 de marzo, el presidente Gustavo Petro anunció una medida que beneficiará a todos los adultos mayores de 80 años en Colombia. Se trata del pago de una pensión a aquellos ciudadanos que no cuenten con este beneficio actualmente. Esta medida busca brindar seguridad económica a esta población vulnerable, sin importar si se aprueba o no la reforma pensional.

Serán 500 mil los adultos mayores en pobreza extrema y sin pensión del Programa quienes empezarán a recibir $225.000 mensuales. “Todo anciano o anciana mayor de 80 años, sin pensión, va a recibir una pensión del Gobierno colombiano”, afirmó el Jefe de Estado.

El aumento se efectuará a partir del ciclo 5 de 2024. Los adultos mayores que sean menores de 80 años y estén activos en el programa, seguirán recibiendo la transferencia monetaria por $80.000 mensuales.

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Foto: Prosperidad Social

El mandatario también expresó su deseo de reducir la edad de inicio de este beneficio a los 75 o 72 años, pero debido a limitaciones económicas, esto solo sería posible si se aprueba la reforma pensional. Sin embargo, propuso la posibilidad de otorgar un bono pensional a los adultos mayores de 78 o 79 años, como medida de apoyo mientras se discute la reforma.

¿Cómo saber si soy beneficiario del subsidio?

Debe comunicarse directamente con la alcaldía de su municipio o visitar las oficinas de Prosperidad Social en su localidad con su cédula. Otra opción para realizar esta consulta comunicándose a alguno de estos teléfonos:

  • Bogotá: 601-514-9626 o 601-595-4410
  • Línea nacional: 01-8000-95-1100

Adicionalmente, se ofrece la posibilidad de realizar la consulta en línea a través del sitio web de Prosperidad Social, donde se encuentra habilitado un chat virtual para obtener información relevante.

Lee también:

¿Qué adultos mayores se pueden inscribir al Programa?

• Ser colombiano.
• Haber residido durante los últimos diez (10) años en el territorio nacional.
• Tener mínimo tres años menos de la edad que se requiere para pensionarse por vejez (Actualmente 54 años para mujeres y 59 para hombres).
• Carecer de rentas o ingresos suficientes para subsistir. De acuerdo con SISBÉN IV, se toman todos los niveles de los grupos A y B y C hasta el subgrupo C1.

María Vargas Jimenez
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