Colombia

Estas son las facultades extraordinarias que solicitó Petro en el PND

No se trata de un hecho inédito, ha ocurrido con otros mandatarios

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La presentación del nuevo Plan Nacional de Desarrollado (PND), ha generado un debate de opiniones porque a través de él el presidente Gustavo Petro solicitó al Congreso que se le otorguen ciertas facultades especiales, algo que anteriormente ya han hecho otros mandatarios.

La radicación del PND se llevó a cabo al aire libre en la Plaza Núñez que está entre la sede del órgano legislativo y la Casa de Nariño. Acompañado a Petro en su discurso estuvo el presidente del Senado, Roy Barreras; la vicepresidenta, Francia Márquez; la primera dama, Verónica Alcocer; el presidente de la Cámara, David Racero, y demás miembros del gabinete ministerial.

Básicamente las facultades solicitadas por Petro se mantendrían en todo caso a lo largo de un lapso de seis meses, tiempo durante el cual tendrá una especia de ‘poder especial’ para que lo ordene sea ley. Al término de esas semanas, todo lo legislativo quedará únicamente en manos de los congresistas.

Lo que busca el presidente con esto es tener la facultad para hace cambios importantes en los programas gubernamentales, las instituciones, algunas entidades, poner a funcionar el hospital San Juan de Dios y -entre otras cosas- mejorar la reclusión de indígenas.

14 facultades extraordinarias pedidas por Petro

  1. Crear, escindir, fusionar, suprimir, integrar, o modificar la naturaleza jurídica, de entidades de la rama ejecutiva.
  2. Señalar, modificar y determinar los objetivos y la estructura orgánica de las entidades resultantes de las creaciones, fusiones o escisiones y los de aquellas entidades a las cuales se trasladen las funciones de las suprimidas, escindidas, fusionadas o transformadas.
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  4. Determinar la adscripción o la vinculación de las entidades públicas nacionales descentralizadas que se creen, fusionen, escindan o integren.
  5. Modificar los objetivos, funciones, estructura orgánica y régimen jurídico de las entidades de la rama ejecutiva.
  6. Realizar las modificaciones presupuestales necesarias para financiar los gastos de funcionamiento e inversión necesarios para el cumplimiento de las funciones que se asignen a las entidades creadas, escindidas, suprimidas, fusionadas o reestructuradas, en desarrollo de las facultades otorgadas por la presente ley.
  7. Capitalizar las empresas que se creen, fusionen, escindan o integran, en ejercicio de las facultades conferidas, y establecer las condiciones de aporte de capital de la Nación.
  8. Crear, escindir, fusionar, suprimir o modificar la naturaleza jurídica de fondos cuenta con o sin personería jurídica, o de patrimonios autónomos, destinados a la administración y/o ejecución de recursos públicos.
  9. Determinar los objetivos y estructura de los fondos que se creen, escindan, fusionen, supriman o modifiquen en desarrollo de las facultades otorgadas en el presente artículo; así como las entidades y sectores administrativos a los cuales se adscriben o integran.
  10. Realizar las modificaciones presupuestales necesarias para financiar los gastos de funcionamiento e inversión necesarios para el cumplimiento de las funciones que se asignen a los fondos creados, escindidos, suprimidos, fusionados o reestructurados en desarrollo de las facultades otorgadas en el presente artículo.
  11. Depurar y modificar la normativa vigente para establecer los instrumentos que se requieran para implementar las políticas de reindustrialización y fortalecimiento de la economía popular, incluyendo la definición de incentivos no tributarios, mecanismos para promover alianzas de atracción de inversión extranjera directa sostenible y transferencia tecnológica, cesión y gestión de activos y esquemas de financiamiento para el fortalecimiento productivo.
  12. Adquirir a título gratuito u oneroso la infraestructura que corresponde al Hospital San Juan de Dios-Instituto Materno Infantil, y crear la entidad pública de la rama ejecutiva del orden nacional que utilice dicha infraestructura para la prestación de servicios de salud y/o la investigación en salud, así como para las reglas para su funcionamiento.
  13. Regular los usos alternativos de la planta de coca, ii) los usos alternativos del cannabis y iii) los fines medicinales, terapéuticos y científicos de sustancias psicoactivas.
  14. Crear un sistema de transferencias o subsidios en dinero y/o en especie para apoyar a la población en situación de pobreza y vulnerabilidad, derivada de situaciones adversas provocadas por la materialización de riesgos sociales, de riesgos económicos, o por desastres naturales; así como para modificar los programas Familias y Jóvenes en Acción e integrarlos al sistema de transferencias que se creé en desarrollo de estas facultades.
Víctor Castro Gutierrez
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