Colombia

¿Tiene un vecino ruidoso? Esto dice la ley sobre los escándalos nocturnos

Miles de ciudadanos en Colombia han pasado por esta situación

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En América Latina se ha adoptado como una «cultura» el hecho de que en las casas de familia haya grandes bocinas y demás equipos de sonido para amenizar eventos. Hasta allí todo va bien porque se trata de bienes materiales adquiridos por cada quien, según sus necesidades y requerimientos, el problema es cuando se utilizan para hacer escándalos nocturnos que afectan al colectivo.

Muchos son los casos en los que se habla de un «vecino ruidoso», el cual aprovecha cada fecha especial (incluso entre semana), para encender su bocina con un alto volumen, tanto que no solo se escucha en su casa, sino en toda la cuadra en la que habita.

Estos escándalos afectan la convivencia, porque si bien es cierto que ese «vecino ruidoso» está en su derecho de hacer en su casa lo que crea correcto, también hay que decir que el derecho de un ser humano no debe vulnerar nunca el de otro ciudadano.

¿Qué dice la ley sobre estos escándalos?

Decenas de testimonio dan cuenta de que en la mayoría de los casos los vecinos no reclaman por los escándalos, ya que temen un acto de intolerancia de parte de quienes tienen el ruido y alto, y la situación pueda pasar a mayores, como ya ha ocurrido en territorio colombiano.

Sin embargo, es necesario que para eso hay una ley que establece que «perturbar o permitir que se afecte el sosiego con: sonidos o ruidos en actividades, fiestas, reuniones o eventos similares que afecten la convivencia del vecindario, cuando generen molestia por su impacto auditivo», es un acto punible por el que se puede enfrentar una considerable multa.

Ley 90 de 1993 indica que la capacidad máxima para hacer ruido debe ser de 65 decibeles (dB) durante el día (entre 6:00 de la tarde y 10:00 de la noche), y de 45 decibeles desde las 10:00 p.m. hasta las 6:00 a.m. Ojo: esto puede variar en algunos municipios. 

Víctor Castro Gutierrez
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