¿Se puede votar con un documento distinto a la cédula?
Confirmar la identidad del votante es primordial para los encargados de casa mesa de votación
El domingo 29 de octubre miles de colombianos acudirán a las urnas para votar en las elecciones territoriales, a través de la cual se elige a gobernador, alcaldes, diputados, concejales y ediles; y una de las dudas que siempre surge es si se puede votar o no con un documento distinto a la cédula de ciudadanía.
Para algunos cualquier documento que pueda confirmar la identidad del votante, podría servir, tal como una licencia de conducción o un pasaporte, pero para la Registraduría Nacional del Estado Civil no es así, lo que quiere decir que NO se podrá ejercer el derecho al voto si no se presenta la cédula.
“Los sufragantes deben presentar su cédula de ciudadanía amarilla con hologramas en el país y en el exterior. No se permite votar con contraseña, ni cualquier otro documento”, dice la entidad que rige el correcto ejercicio del sufragio y la transparencia del proceso electoral. Vale decir que para votar aplica tanto la cédula física como la digital.
¿Pueden votar los extranjeros?
Otra de las dudas que hay respecto al proceso es si los miles de ciudadanos extranjeros que viven en el país pueden votar en este país, a lo que la Registraduría en su página web responde de la siguiente manera:
«Sí, pero solo en las elecciones ordinarias de carácter municipal y distrital. De acuerdo con la Ley 1070 de 2006, “los extranjeros residentes en Colombia podrán votar en las elecciones de carácter municipal y distrital, del último lugar donde haya fijado su domicilio”. Pueden elegir Juntas Administradoras Locales, Concejos Municipales y Alcaldes. No pueden elegir Gobernador ni Asamblea», siempre y cuando tengan ciudadanía colombiana.
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