Colombia

Elecciones territoriales: Así puede quedar exonerado de ser jurado de votación

Se trata de un responsabilidad democrática cuya participación es obligatoria salvo algunas causales

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El próximo 14 de octubre se conocerá la lista definitiva con las personas escogidas como jurado de votación para las elecciones territoriales que se realizarán el 29 de octubre, en las que se elegirán gobernadores, concejales, Asambleas y Juntas Administradoras Locales.

Todos los colombianos mayores de 18 años, se pueden verificar con su documento de identidad en la página web de la institución; y allí el sistema le indicará en qué punto de votación y en qué mesa debe cumplir con el deber. También el lugar, la fecha y la hora en la que tendrá que asistir a una capacitación necesaria para conocer los roles y funciones.

Las personas notificadas como jurado de votación y que sin justa causa no concurran a desempeñar las funciones o las abandonen; se harán acreedoras a la destitución del cargo que desempeñen si son servidores públicos. Si no lo son, a multa equivalente hasta 10 salarios mínimos vigentes.

jurado de votación
Foto: Registraduría

¿Cómo puedo quedar exonerado de ser jurado de votación?

De acuerdo con el artículo 108 del Código Electoral, las siguientes “son causales para la exoneración de las sanciones” que se imponen a quienes no se presentan a cumplir su función como jurado de votación, estas causales permiten excusarse para no prestar dicho servicio.

  1. Grave enfermedad del jurado o de su cónyuge, padre, madre o hijo: presentar certificado médico
  2. Deceso de alguna de las personas anteriormente enumeradas, ocurrida el mismo día de las elecciones o dentro de los tres días anteriores a las mismas: certificado de defunción
  3. No ser residente en el lugar que se le designó para prestar el servicio de jurado de votación: certificación de vecindad o residencia expedida por el Alcalde o autoridad competente del lugar.
  4. Ser menor de 18 años: documento de identidad del menor
  5. Haberse inscrito y votar en otro municipio: presentar el respectivo certificado de votación
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Deben acercarse a la sede de la Registraduría Nacional más cercana y presentar una solicitud de exoneración.

María Vargas Jimenez
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