Bogotá

Personas con discapacidad recibirán bonos de alimentos; así lo puede redimir

Van dirigidos a personas con discapacidad hasta los 59 años, en condición de vulnerabilidad y residan en Bogotá

Suscribite a nuestro canal para recibir toda la información

Hasta el 29 de septiembre las personas con discapacidad y/o cuidadoras, pertenecientes al servicio de bonos canjeables por alimentos de la Subdirección para la Discapacidad de la Secretaría Distrital de Integración Social podrán realizar el proceso para recibir los bonos correspondientes al mes en vigencia en las 20 localidades de Bogotá.

¿Cómo se pueden canjear los bonos de alimentos?

Para llevar a cabo el canje de bonos, que beneficiará a 12.900 personas, pueden dirigirse a los almacenes, así:

  • Colsubsidio: en las localidades de Antonio Nariño, Chapinero, Usme, Bosa, Kennedy, Puente Aranda, Rafael Uribe Uribe, Teusaquillo, Barrios Unidos, Sumpaz, Usaquén y Engativá.
  • Cencosud (Jumbo y Metro): en las localidades de Ciudad Bolívar, La Candelaria, San Cristóbal, Tunjuelito, Fontibón, Los Mártires, Suba y Santa Fe.

Cabe recordar que las personas se podrán acercar al punto más cercano a su lugar de residencia, sin restricción de horario, de 8:00 a.m. a 9:00 p.m., de lunes a domingo. Es importante tener en cuenta que no podrán realizar el canje del bono en un almacén diferente al asignado en su localidad de residencia.

bonos de alimentos
Foto: Secretaría Distrital de Integración Social – SDIS

¿A quiénes van dirigidos los bonos canjeables?

Los bonos canjeables por alimentos van dirigidos a personas con discapacidad hasta los 59 años, que se encuentren en condición de vulnerabilidad y residan en Bogotá.

Los requisitos para ingresar al servicio son:

Lee también:
  • Contar con medios para preparar y consumir alimentos. (Tener un lugar o espacio definido como cocina en donde puedan transformar los alimentos).
  • Cumplimiento a lo establecido en el documento oficializado: “Acta de compromiso de los participantes con la SDIS” vigente, firmado al inicio del proceso de atención en la modalidad.
  • Persona con discapacidad sin generación de ingresos por concepto de pensión igual o superior a un SMLV.
  • Persona con discapacidad sin generación de ingresos por vinculación laboral formal (superior a tres meses) con un ingreso igual o superior a un SMLV.

¿Qué trámite deben hacer los interesados?

Las personas interesadas deben acercarse a la Subdirección Local de Integración Social más cercana a su lugar de residencia, e iniciar el trámite de solicitud de este servicio. Se debe agotar el procedimiento de focalización, para lo cual se deben aportar los siguientes documentos:

  • Copia del documento de identificación de la persona con discapacidad y de las personas que componen su núcleo familiar.
  • Copia de un recibo de un servicio público, de agua o de luz, del inmueble en donde resida actualmente.
  • Copias del Certificado de Discapacidad no mayor a un año de su fecha de expedición.
  • Copia de consulta de SISBEN.
  • Se verifican los criterios de identificación
¿Le resultó útil este artículo?
María Vargas Jimenez
Últimas entradas de María Vargas Jimenez (ver todo)

Publicaciones relacionadas