Colombia

Estas son las nuevas medidas en cuanto a incapacidad por COVID en Colombia

El empleador no podrá exigir una prueba COVID-19 a los trabajadores para regresar presencialmente a sus actividades laborales.

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El Ministerio de Trabajo y de Salud anunciaron nuevas medidas en cuanto a incapacidad por COVID de los trabajadores en el país.

Una nueva circular conjunta incluye “instrucciones o lineamientos para la expedición de incapacidades de acuerdo con los lineamientos de aislamiento“, dijo el ministro de Salud, Fernando Ruiz.

  • Sintomáticos: el aislamiento es de 7 días desde el inicio de los síntomas, independiente de si están vacunados o no.

No es necesaria una prueba de COVID, exceptuando a las personas de 60 años o más, menores de 3 años o personas con factores de riesgo.

El certificado de incapacidad o aislamiento, lo expedirá o no el médico; todo depende de la actividad laboral que desarrolla el paciente y si es posible realizar teletrabajo, trabajo remoto o trabajo en casa.

  • Asintomáticos: deben aislarse 7 días desde el primer día en que entraron en contacto estrecho con un caso de COVID-19 confirmado; tengan esquema completo o incompleto de vacunas.

Para la expedición del certificado de aislamiento o incapacidad al confirmar un nexo epidemiológico, se sugiere ordenar la toma de la prueba de COVID-19, si el resultado es negativo se suspenderá el aislamiento y el trabajador podrá reintegrase a las actividades laborales.

Los contactos estrechos asintomáticos con esquema de vacunación completa no requieren aislamiento ni toma de prueba.

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María Vargas Jimenez
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