¿Qué significa la ‘urgencia manifiesta’ decretada en Cali?
El alcalde Jorge Iván Ospina declaró en la noche de este miércoles la urgencia manifiesta.
Desde ayer y durante tres meses regirá en Cali la declaratoria de urgencia manifiesta luego de que la Alcaldía expidiera el decreto 0233 del 2021, dada la situación de orden público por la que atraviesa la ciudad a raíz de las recientes manifestaciones sociales.
Esta figura está contemplada en el Estatuto de Contratación de la Administración Pública (ley 80 de 1993) para atender situaciones excepcionales que afecten: “El suministro de bienes o la prestación de servicios; o la ejecución de obras en el inmediato futuro”.
Esto le permite a las entidades ordenadoras del gasto contratar de manera directa los elementos necesarios para superar la difícil situación de orden público.
Esto quiere decir que se relajan las normas de contratación que exigen licitación u otros métodos de selección que pueden llegar a tomar algún tiempo para pasar a un método abreviado en el que se hace a discreción del contratante.
No obstante, esto no implica una carta blanca para que se contrate con total discrecionalidad de las entidades; sino que esta debe estar justificada y tener relación directa “con la situación crítica que la motiva”.
Además, esta figura le permite a Ospina y a la administración municipal hacer los cambios en el presupuesto; y la destinación de recursos que consideren necesarios para atender la emergencia.
El decreto que firmó el alcalde caleño también deja constancia que los contratos enmarcados con esta figura deben ser celebrados con “personas naturales o jurídicas de naturaleza pública o privada, entidades sin ánimo de lucro, que cuenten con la idoneidad y experiencia requerida”.
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