Esto dice la ley sobre las mascotas ruidosas en un edificio: evite sanciones
A la hora de mudarse a un edificio o conjunto cerrado, es importante tener en cuenta las normas que estos tengan
La ley en Colombia reconoce el valor de las mascotas en el hogar, pero también establece ciertas reglas para garantizar la convivencia en espacios residenciales, especialmente en edificios y conjuntos. Según la legislación, los dueños de mascotas, especialmente perros, deben asegurarse de que sus animales no generen ruidos excesivos que perturben a los vecinos.
La Ley 675 de 2001 y el Código de Policía y Convivencia indican que todos los residentes tienen la obligación de no hacer ruidos que afecten la tranquilidad de los demás. Si un perro ladra de manera constante y molesta a los vecinos, estos pueden presentar una queja y, en algunos casos, se puede imponer una multa por infringir los límites de ruido establecidos: 65 decibeles durante el día y 55 decibeles en la noche.
Mascotas son un derecho, siempre que no cause molestias
La Corte Constitucional ha mencionado que tener una mascota es parte del derecho al libre desarrollo de la personalidad, siempre que no cause molestias a otros. Sin embargo, si un vecino considera que el ruido de una mascota es excesivo, puede acudir a la autoridad o a los administradores del edificio para buscar una solución.
“El mantenimiento de un animal doméstico, como el caso de un perro, en el lugar de habitación, siempre que no ocasione perjuicios a los copropietarios o vecinos, constituye un claro desarrollo del derecho al libre desarrollo de la personalidad y a la intimidad personal y familiar que el Estado debe respetar”, dice el alto tribunal al respecto.
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